Declaración de la Renta 2019. «¿Y mi renta qué?»
Nos encontramos en una situación sin precedente, en un estado de alarma en el que se ha paralizado prácticamente todo, se ha restringido la movilidad de las personas, suspendido actividades, cerrando negocios, despidos, y lo peor de todo el colapso de la sanidad.
Todos los días de desconcierto, esperamos medidas que ayuden a paliar los efectos negativos que está provocando este maldito virus. Pendientes de si la curva se aplana o no, del número de contagios, de fallecidos, hasta cuándo va a durar el confinamiento…
Y en medio de este caos, llega nuestra cita anual con hacienda, como si no pasara nada. No, la presentación de la declaración de la renta no se va a aplazar, tenemos que hacerla como todos los años.
Las asesorías, somos un servicio esencial, y seguiremos atendiendo a todos nuestros clientes, eso sí, con las restricciones que nos marca la autoridad sanitaria.
Desde finales de marzo, recibimos llamadas solicitando cita para hacer la declaración de la renta. Y es que Hacienda justifica el no aplazar la declaración porque así la gente recibirá las devoluciones antes de tiempo y podrá paliar así el ahogamiento al que les está sometiendo este periodo de inactividad.
¿Cuál es el plazo para presentar la declaración de la renta?
La campaña de Renta empezó el día 1 de abril y finalizará el 30 de junio.
Todo el sector de asesorías, solo pedimos un poco de paciencia, ya que además de la avalancha de tramites de ERTE, prestaciones de autónomos, desempleados, etc. nos encontramos en plena presentación del trimestre, porque el plazo para declarar el IVA y los pagos a cuenta, tampoco se han aplazado, y tenemos que llegar a nuestra cita como todos los 20 de abril, a pesar de las innumerable dificultades con las que nos encontramos en este estado de confinamiento. Pero cumpliremos, porque velamos por que no incurráis en ningún incumplimiento a pesar de las circunstancias.
La forma de hacerla será diferente, y pondremos todos los medios para facilitar la transmisión de datos e información para hacer y presentar como siempre todas las declaraciones de la renta.
¿Qué implica confirmar el borrador?
En los últimos años, Hacienda ha facilitado los trámites para confirmar la declaración de la renta, que incluso se puede hacer por teléfono, puesto que cada vez tiene más información tributaria sobre cada uno.
Pero todas estas facilidades, hace que muchas veces nos olvidemos de repasar nuestra situación fiscal, ya que Hacienda no tiene todos los datos, y puede ser que estemos dejando de beneficiarnos de alguna deducción, o dejemos de declarar algún concepto y que luego nos lo reclamen y nos puedan sancionar.
Porque hay que tener clara una cosa y es que confirmar el borrador, no nos exime de que nos revisen y nos puedan sancionar si dejamos de declarar algún concepto que teníamos obligación de declarar.
¿Qué información tiene hacienda?
La información de la que dispone Hacienda, proviene de las declaraciones informativas anuales por parte de los pagadores, como los rendimientos del trabajo, los arrendamientos que están sujetos a retención (locales de negocio), premios e imputaciones de renta sujetas a retención, saldos bancarios, préstamos hipotecarios, compraventas de inmuebles etc.
Pero es importante comprobar que la información es la correcta.
¿Qué información tengo que facilitar yo en mi declaración de la renta?
Cada contribuyente ha de revisar su situación personal y comunicar cualquier cambio puesto que puede tener consecuencias importantes, cambios de domicilio, de estado civil, si se convive en pareja sin vínculo matrimonial, ya que puede dar opción a la declaración conjunta, en caso de separación, la custodia de los hijos, pensiones de alimentos o compensatoria, si se tienen descendientes o ascendientes a cargo, minusvalías, discapacidades,….etc.
Por otro lado en los datos fiscales no van a aparecer, pero sí debemos de declarar, otros rendimientos como los ingresos por alquileres, pensiones recibidas del extranjero, ganancias derivadas de transmisiones patrimoniales, subvenciones y ayudas, etc.
Este cómputo puede determinar la obligación de hacer la declaración de la renta o no.
Pero además es importante que nosotros metamos, porque Hacienda no los tiene, los gastos derivados de la percepción de los rendimientos, como las cuotas deducibles a la seguridad social, la cuota de afiliación a algún sindicato, a colegios profesionales, costas judiciales, derramas de la comunidad, reparaciones, seguros, etc.
Por último, existen circunstancias que nos permiten modular el resultado como reducciones, compensación de pérdidas patrimoniales y gastos pendientes de aplicación de ejercicios anteriores, imputaciones temporales o deducciones tanto estatales como autonómicas.
Por lo tanto, confirmar el borrador la declaración de la renta sin pararte a analizar el contenido y tu situación personal, puede ser un error que perjudique tus propios intereses y te haga pagar más de lo que debes o que te devuelven menos de lo que te corresponde.
En Gayo Asesores, llevamos 50 años realizando declaraciones de la renta revisando borradores y sorprendiendo a clientes con un resultado mucho más beneficioso del que les ofrecía la propia agencia tributaria.
Además revisamos declaraciones, o hacemos rentas complementarias en el caso de percatarse de algún error. Contestamos revisiones de Hacienda o recurrimos sus liquidaciones provisionales, con un alto grado de estimacones.
Lo importante es tener las cosas claras. Consúltanos. Declaración de la Renta 2019.
Noelia Rodríguez de Celis